ASPECTOS GENERALEs
SALUD: Es un estado de bienestar físico, mental y social. No solo en la ausencia de
enfermedad.
enfermedad.
TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.
AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de un evento. Ejemplo Riesgo de una caída, o el riesgo de ahogamiento.
FACTOR DE RIESGO: Es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.
INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un resbalón.
ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud(una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se considera accidente de trabajo:
- El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa.
- El que se produce en cumplimiento del trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
- El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
De igual manera no se considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.
El Gobierno adopta 42 enfermedades como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la intoxicación por plomo, la sordera profesional y el cáncer de origen ocupacional.
También es Enfermedad Profesional si se demuestra la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la enfermedad.
SALUD OCUPACIONAL: Se define como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo.
gSistema General de Riesgos Profesionales
La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres componentes como son:
Ley - Año
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Contenido
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Ley 9a. De 1979
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Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones
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La Resolución 2400 de 1979 de MinTra*
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Conocida como el "Estatuto General de Seguridad”, trata de disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo
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Decreto 614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD
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Crea las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país
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La Resolución 2013 de 1986 de MinTra
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Establece la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en las empresas
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La Resolución 1016 de 1989
de MinTra
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Establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas
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Ley 100 de 1993 de MinTra
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Se crea el régimen de seguridad social integral
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Decreto 1281 de 1994 de MinTra
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Reglamenta las actividades de alto riesgo
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Decreto 1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA
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Decreto 1346 de 1994 de MinTra
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Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
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Decreto 1542 de 1994 de MinTra
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Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional
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Decreto 1771 de 1994 de MinTra
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Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional
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Decreto 1772 de 1994 de MinTra
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Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales
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Decreto 1831 de 1994 de MinTra
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Expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales
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Decreto 1832 de 1994 de MinTra
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Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
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Decreto 1834 de 1994 de MinTra
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Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales
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Decreto 1835 de 1994 de MinTra
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Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos
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Decreto 2644 de 1994 de MinTra
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Tabla Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral
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Decreto 692 de 1995 de MinTra
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Manual Único para la calificación de la Invalidez
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Decreto 1436 de 1995 de MinTra
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Tabla de Valores Combinados del Manual Único para la calificación de la Invalidez
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Decreto 2100 de 1995 de MinTra
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Clasificación de las actividades económicas
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Resolución 4059 de 1995
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Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
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Circular 002 de 1996 de MinTra
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Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad sea nivel 4 o 5
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